La Constitución de Durango ya tiene la respuesta y Sinaloa ofrece un ejemplo reciente

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Los rumores sobre una posible investigación contra el gobernador de Durango y las versiones que apuntan a una eventual licencia, remoción o incluso una posible detención han provocado una pregunta entre los duranguenses: ¿quién se quedaría al frente del estado?

Contacto Hoy realizó una revisión de la Constitución Política de Durango y encontró que el relevo del Poder Ejecutivo no depende de una decisión automática ni existe la figura de un “vicegobernador”.

De acuerdo con la legislación vigente, si el gobernador solicitara una licencia temporal, el primer responsable de asumir el despacho sería el Secretario General de Gobierno. Sin embargo, esto no significa que se convierta en gobernador constitucional, sino únicamente en encargado provisional del Ejecutivo.

La situación cambia si la ausencia se prolonga o se convierte en definitiva.

En caso de que la falta del gobernador exceda el tiempo previsto por la Constitución o se trate de una ausencia absoluta, como una renuncia aceptada, destitución o cualquier otra causa contemplada por la ley, el Congreso del Estado tendría la responsabilidad de intervenir.

Serían los diputados locales quienes, constituidos como Colegio Electoral, nombrarían a un gobernador provisional, interino o sustituto, según el escenario jurídico que corresponda.

Es decir, contrario a lo que muchos creen, en Durango no existe una sucesión automática ni una persona previamente designada para asumir el cargo durante el resto del sexenio.

Sinaloa ya vivió un escenario similar

El tema no es únicamente una hipótesis jurídica. El vecino estado de Sinaloa enfrentó recientemente una situación política que puso a prueba sus mecanismos constitucionales.

Tras las investigaciones y señalamientos internacionales en contra del gobernador Rubén Rocha Moya por presuntos vínculos con el crimen organizado, el mandatario solicitó licencia temporal para separarse del cargo mientras enfrentaba el proceso correspondiente. Posteriormente, el Congreso de Sinaloa aprobó la licencia y designó a Yeraldine Bonilla Valverde como gobernadora interina.

El caso demuestra que, ante circunstancias extraordinarias, las constituciones estatales contemplan procedimientos para evitar vacíos de poder y garantizar la continuidad del gobierno, siendo los congresos locales quienes tienen la responsabilidad de tomar las decisiones.

Aunque cada entidad tiene sus propias reglas, el antecedente de Sinaloa ha despertado el interés sobre qué ocurriría en otros estados, entre ellos Durango, donde en los últimos días también han surgido diversas versiones y especulaciones políticas.

Actualmente, el gobernador Esteban Villegas Villarreal fue electo para el periodo 2022-2028 y hasta este momento no existe información oficial que confirme una solicitud de licencia, una separación del cargo o algún procedimiento legal que implique su relevo.

Sin embargo, el debate ha llevado a revisar la legislación vigente y ésta es clara: Durango no cuenta con un sucesor automático para la gubernatura.

En un escenario de ausencia temporal, el Secretario General de Gobierno asumiría provisionalmente el despacho. Si la ausencia fuera prolongada o definitiva, correspondería al Congreso del Estado nombrar a un gobernador provisional, interino o sustituto, según el supuesto constitucional aplicable.

En otras palabras, si algún día el gobernador tuviera que dejar temporal o definitivamente el cargo, el estado no quedaría sin gobierno, pero el futuro político del Poder Ejecutivo dependería del procedimiento establecido en la Constitución y de las decisiones que adopte el Congreso del Estado.

Por ahora, se trata únicamente de un análisis jurídico y político sobre los mecanismos previstos por la ley, ya que no existe confirmación oficial de que el gobernador de Durango vaya a solicitar licencia o separarse de su cargo.

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