Érica fue absuelta en marzo de 2026, pero la Fiscalía anunció que impugnaría la decisión. La historia circula en redes con detalles que no están confirmados.
Belo Horizonte, Brasil.— Un jurado absolvió a Érica Pereira da Silveira Vicente, acusada de matar a su pareja después de que, según su declaración, lo encontrara agrediendo sexualmente a su hija de 11 años.
La resolución fue emitida el 24 de marzo de 2026 por el Segundo Tribunal del Jurado de Belo Horizonte, en el estado de Minas Gerais. La muerte de Everton Amaro da Silva, de 47 años, ocurrió el 11 de marzo de 2025, en el barrio Taquaril.
Durante el juicio, Érica relató que despertó en la madrugada al escuchar los gritos de su hija. Al entrar a la habitación, afirmó haber encontrado al hombre sobre la niña, con el pantalón abajo y tratando de silenciarla.
De acuerdo con su testimonio, reaccionó ante la escena, llevó al hombre hasta la sala y lo atacó con un cuchillo. La defensa sostuvo que actuó para proteger a la menor y solicitó su absolución bajo la tesis de legítima defensa de una tercera persona.
La Fiscalía presentó una versión distinta. Según la acusación, la mujer puso un sedante en la bebida de su pareja y lo agredió cuando se quedó dormido. Érica negó haberlo sedado y aseguró que él ya se encontraba bajo los efectos del alcohol.
El proceso también incluyó señalamientos por mutilación y destrucción del cadáver. Según lo reportado sobre el juicio, un adolescente ayudó a trasladar el cuerpo a una zona de vegetación, donde fue incendiado.
El jurado resolvió absolverla de las acusaciones. Sin embargo, el Ministerio Público de Minas Gerais anunció el 27 de marzo que recurriría la decisión, al considerar que era incompatible con las pruebas presentadas.
Por ello, la absolución documentada no debe confundirse con una confirmación de que el proceso quedó definitivamente cerrado.
El caso volvió a circular en redes sociales acompañado de una narración que reproduce supuestos diálogos y asegura que el hombre recibió “170” heridas. Esos detalles no están respaldados por las fuentes consultadas. También es incorrecto afirmar que la absolución ocurrió “hoy”: la resolución corresponde a marzo de 2026.
