miércoles, enero 7, 2026

Aumento al Predial desata inconformidad; adeudos crecen, pero también prescriben

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El incremento no anunciado en el cobro del impuesto predial en la capital de Durango ha generado molestia entre contribuyentes que, al acudir a cumplir con su pago, se encontraron con montos más altos a los esperados, bajo el argumento de “ajustes” en el valor catastral y actualizaciones administrativas.

Más allá del impacto inmediato en la economía familiar, el adeudo del predial tiene consecuencias prácticas importantes: afecta directamente la posibilidad de escriturar, vender o heredar un inmueble, ya que en muchos trámites notariales y administrativos se solicita estar al corriente o regularizar el impuesto, lo que obliga a los propietarios a enfrentar pagos acumulados.

El problema se agrava con el paso del tiempo. El predial es un gravamen acumulable año con año, por lo que cada ejercicio fiscal impago incrementa el monto total, al sumarse recargos y actualizaciones por retraso. Esto provoca que deudas aparentemente pequeñas se conviertan en cargas significativas tras varios años de omisión.

Sin embargo, el propio municipio reconoce en la práctica que muchos contribuyentes no pueden cubrir adeudos elevados. Por ello, de manera periódica se lanzan promociones y programas de descuento dirigidos a deudores, especialmente antes de que las obligaciones fiscales prescriban. En estos esquemas, los descuentos pueden ser considerables y varían según la cantidad de años adeudados, con el objetivo de recuperar al menos una parte del ingreso que, de otro modo, se perdería.

Un punto clave que suele omitirse en el discurso oficial es que el adeudo del predial prescribe después de cinco años, conforme a la normatividad fiscal municipal. La prescripción extingue la obligación de pago, aunque no opera de forma automática: el contribuyente debe solicitarla directamente ante el gobierno municipal, cumpliendo con los requisitos legales correspondientes. Aun así, prescribe.

Si bien el Ayuntamiento cuenta con la vía legal para intentar el cobro, mediante procedimientos administrativos, no existe una facultad para obligar físicamente al contribuyente a pagar; el pago forzado no es automático ni inmediato, y la autoridad depende de procesos formales que pueden ser impugnados o quedar sin efecto con el paso del tiempo.

El aumento del predial, aplicado sin una comunicación clara y transparente, no solo impacta el bolsillo de los ciudadanos, sino que vuelve a poner sobre la mesa la falta de información pública sobre los derechos, obligaciones y límites legales en el cobro de contribuciones municipales. La exigencia social no es evadir impuestos, sino reglas claras, incrementos justificados y un trato honesto al contribuyente.

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