miércoles, septiembre 25, 2024

Plazo de 90 días para nuevas votaciones

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*Congreso e IEPC deberán convocar a jornada extraordinaria: TEE

Por: Martha Medina

En un plazo de 90 días deberán llevarse a cabo elecciones extraordinarias en el municipio de Tamazula, después de que el Tribunal Electoral del Estado determinó la nulidad de las que se llevaron a cabo el pasado 5 de junio, informó la magistrada presidenta del TEE, Blanca Yadira Maldonado.

Explicó que después de la decisión que se tomó con respecto a las elecciones que se llevaron a cabo en el municipio de Tamazula, las cuales quedaron anuladas, se dio aviso al Congreso del Estado para que “en uso de sus facultades dentro del término legalmente establecido, emita la convocatoria para la elección extraordinaria conducente, así como al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana para que realice las actuaciones pertinentes para llevar a cabo esta jornada extraordinaria”, dijo la magistrada Maldonado.

Agregó que a partir de la notificación que desde este viernes por la mañana se realizó al Congreso del Estado y de acuerdo a la Ley de Instituciones, tiene 45 días para emitir la convocatoria para las elecciones extraordinarias, además de señalar que a partir de la fecha en la que se determinó la nulidad son 90 días los que se establecen para que se lleve a cabo la jornada electoral en Tamazula.

La nulidad de las elecciones se decretó, derivada de la impugnación que presentó el Partido Revolucionario Institucional, donde hizo valer la causa genérica de nulidad de la elección, lo cual quiere decir que se presentaron situaciones graves plenamente acreditadas que sucedieron durante la jornada electoral y que no fueron reparables.

“Todos tienen conocimiento de la situación que imperó por la noche en la jornada electoral en Tamazula, un grupo de personas sustrajo de las instalaciones del Consejo Municipal 9 paquetes electorales, respectivo a 9 casillas de este Ayuntamiento y, por tanto, se determinó que conforme a esos sucesos se perdió la cadena de custodia, es decir se perdió porque no se supo dónde estuvieron esos paquetes y por cuánto tiempo a pesar de haberse recuperado, en razón a ello, del análisis que se tuvo del expediente, se determinó que se actualizaba esta causalidad de nulidad”, puntualizó la magistrada, al indicar que se revocan las constancias de mayoría que ya se habían expedido, así como las de regidores de representación proporcional.

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