Durango, 6 de agosto de 2025 — En un nuevo despliegue para regular la videovigilancia urbana, esta mañana elementos de la Guardia Nacional y del Ejército Mexicano llevaron a cabo un operativo en calle Pereyra, casi cruce con Mascareñas de la zona centro, donde reorientaron las tomas de cámaras de seguridad instaladas por particulares.

La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) permite la instalación de cámaras de videovigilancia en propiedades privadas, siempre que se respete la privacidad de terceros y no se capten imágenes de espacios públicos o de vecinos sin su consentimiento. Además, este uso debe enfocarse en la protección de bienes o la prevención del delito, y se sugiere —aunque no siempre es obligatorio— notificar a los vecinos o colocar avisos visibles sobre las grabaciones.
En julio de 2025 el Ejército, la Guardia Nacional, el C5 y la Fiscalía del Estado, inició un operativo para retirar de espacios urbanos cámaras particulares instaladas sin los permisos correspondientes. El objetivo: ordenar la videovigilancia urbana y levantar un padrón de dispositivos autorizados que pudieran integrarse al sistema oficial de monitoreo. Estas acciones también incluyeron mantenimiento a las cámaras del C5 .
Hoy, en las calles Pereyra cruce con Mascareñas, la intervención fue más técnica que punitiva: autoridades reorientaron varias cámaras de particulares para que ya no graben áreas públicas o zonas ajenas a la propiedades o negocios, si bien hasta ahora no se difundió el número exacto de equipos afectados, la acción subraya el énfasis en que dichos dispositivos deben enfocarse al interior de la propiedad.
De acuerdo con la normatividad vigente, las autoridades tienen facultades para regular la videovigilancia cuando un equipo opera fuera de los límites permitidos o sin el registro o autorización correspondiente. Si una cámara capta imágenes de la vía pública, de vecinos o de áreas no consentidas, la intervención —sea retirada, reorientación o desactivación— es legal y está enmarcada dentro de los esfuerzos por proteger la privacidad y fortalecer la seguridad pública.
En México, sí puede ser permitido grabar casas colindantes o laterales, siempre y cuando exista consentimiento explícito y documentado de los propietarios o residentes de esas viviendas. Esto es especialmente importante en contextos como zonas con problemas de seguridad, donde los vecinos se organizan para proteger su entorno.
✅ ¿Qué necesitas para hacerlo legal?
Consentimiento informado y por escrito: Cada vecino cuya fachada, entrada o perímetro vaya a ser grabado debe firmar un documento de autorización. Este documento debe indicar claramente: Qué cámara grabará. Qué zona específica captará. Que el consentimiento puede revocarse en cualquier momento. Que el uso de las imágenes será únicamente con fines de seguridad vecinal. Colocación de aviso visible: Aunque sea vigilancia vecinal, se recomienda poner un letrero que indique que hay videograbación activa. Esto refuerza el principio de transparencia. No compartir ni difundir las grabaciones públicamente: Las imágenes deben quedarse en el ámbito privado del grupo vecinal o del responsable del sistema. Si se requiere compartirlas con autoridades, debe hacerse formalmente y con respaldo. No grabar más allá de lo autorizado: Aunque tengan autorización de vecinos laterales, no se puede extender la toma hacia calles completas, balcones, interiores o propiedad privada de terceros sin su permiso.
Si ustedes tienen un documento firmado entre vecinos, y sus cámaras están correctamente instaladas y justificadas, las autoridades no tendrían motivo legal para redireccionarlas ni retirarlas, siempre que estén dentro de los límites pactados.