Ciudad de México. –
La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, defendió y destacó la reciente reforma a la Ley de Amparo, aprobada el día de ayer por el Senado de la República, asegurando que su principal objetivo es fortalecer la protección del pueblo de México ante cualquier acto injusto de la autoridad.
En su conferencia matutina, la Jefa del Ejecutivo Federal enfatizó que la reforma busca convertir el amparo en un instrumento jurídico más expedito y accesible.
“SE ESTÁ PROTEGIENDO AL PUEBLO DE MÉXICO FRENTE A CUALQUIER ACTO INJUSTO DE LA AUTORIDAD, ESO NO CAMBIA EN LO MÁS MÍNIMO; AL CONTRARIO, SE FORTALECE”.
Agilidad y Modernización de la Justicia
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, coordinador general de Política y Gobierno, desmintió las críticas que tachan la reforma de regresiva o limitante para la defensa de los ciudadanos. Subrayó que, por el contrario, lo que se busca es transformar el amparo en un procedimiento más ágil, cercano y moderno, acortando plazos en trámites e impulsando la justicia digital.
Zaldívar explicó que, si bien la reforma mantiene una defensa plena de los derechos humanos, se realizaron modificaciones a la figura de la suspensión para evitar su abuso, especialmente en casos que buscan obstaculizar el combate al lavado de dinero.
“EL AMPARO DEBE PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS DE TODAS LAS PERSONAS, PERO NO PUEDE SER INSTRUMENTO EN MANOS DE DELINCUENTES PARA GENERAR DAÑOS A LA SOCIEDAD”.
Respeto a la No Retroactividad
La Presidenta Sheinbaum fue enfática al señalar que la reforma respeta el Artículo 14 de la Constitución, el cual establece la no retroactividad de las leyes.
En este sentido, Zaldívar Lelo de Larrea detalló que:
Retroactividad Procesal: La reforma no es válida en materia procesal para juicios que ya hayan concluido, es decir, las etapas ya finalizadas no se pueden modificar.
Procedimientos Futuros: Los procedimientos de amparo que continúen en curso, así como los futuros, se regirán por la nueva Ley de Amparo.
Adicionalmente, se hicieron cambios en la impugnación de créditos fiscales firmes, de modo que ahora solo se puede impugnar la resolución final, y no las diferentes etapas del procedimiento de cobro. Zaldívar aseguró que esto no afecta la defensa de los particulares ni de los deudores.